BIENVENIDOS
COLEGIO ESTATAL DE PSICÓLOGOS DE QUERÉTARO, A.C.
Un psicólogo profesional trabaja con responsabilidad y ética. La tenencia de Título y Cédula Profesional, además de la participación gremial, nos permite seguir una actualización en la disciplina y responder adecuadamente a los requerimientos de nuestros usuarios. Buscamos un ejercicio profesional con ética, calidad y responsabilidad profesional.
Para formar parte del COEPSIQUE, AC se deberá presentar:
- fotocopia de título y cédula profesional de Licenciatura en Psicología
- documento impreso y en archivo electrónico de Currículum Vite
- llenar Solicitud de Membresía
- fotocopia de: Acta de Nacimiento , credencial de elector y de C.U.R.P.
- cubrir cuota de membresía: $500.00 y anualidad: $600.00
Atentamente: Juan Carlos García Ramos, Presidente / Ma. Cristina Gómez López, Secretaria / Martha Patricia Gutiérrez Quintana, Tesorera / Laura Miriam Ramírez Zamora, Auxiliar / Rosa María Ortiz Robles, Andrés David Velasco García y Manuel Sánchez Ontiveros, Vocales / José Ramón Vega Ávila y Jaime Rivas Medina, Junta de Honor, Ética y Justicia.
Actualizado el 26 de julio de 2010.
Contacto: coespsique@yahoo.com.mx Teléfono: (442) 135 7406 Domicilio: Calle Tequisquiapan # 130, Col Las Teresas, Querétaro, Querétaro (siguiendo por Av. Universidad, cruzando 5 de febrero , pasando Kellogg´s, luego Campo Militar, hasta la Aduana Interior, vuelta a la derecha a cinco esquinas) Llama por teléfono para previa cita, Gracias.
OBJETIVOS del Colegio Estatal de Psicólogos de Querétaro, A. C.
a).- Agrupar a las psicólogas y psicólogos que se encuentren realizando ejercicio profesional en el Estado de Querétaro.
b).- Asumir la representación legal de las psicólogas y psicólogos, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Profesiones, en el Estado de Querétaro.
c).- Difundir el quehacer profesional de las Psicólogas y los Psicólogos y en particular, de los Miembros de la Asociación.
d).- Promover la adecuada contratación de los servicios profesionales del Psicólogo ante empleadores institucionales y público en general.
e).- Promover la integración gremial de los profesionales de la Psicología preponderando la existencia de relaciones armónicas y el ejercicio dentro del marco de la ética profesional.
f).- Sustentar el trabajo de la Asociación en equipos participativos horizontales (Grupos Temáticos Especializados) y sobre aquellos asuntos considerados relevantes y actuales.
g).- Procurar el intercambio de experiencias académicas y profesionales entre sus miembros asociados a partir de las actividades institucionales que desarrollen.
h).- Generar espacios de intercambio y difusión que den visibilidad a las prácticas y ejercicio profesional, así como a la producción de conocimientos que expresen el compromiso social de la psicología para que, autoridades y la opinión pública, tengan un conocimiento veraz de los servicios que ofrecen.
i).- Incorporar la Asociación al escenario electrónico virtual, construyendo su propia página web, e–listas de discusión; además de procurar la edición de revistas y libros de psicología, así como el ofrecer servicios y asesoría profesional.
j).- Generar acciones que mantengan la profesionalidad y ética de los asociados, así como otorgar el reconocimiento a quienes se distingan por su desempeño como profesionales de la psicología.
h).- Realizar y promover la creación y organización de investigaciones y eventos académicos, como son diplomados, talleres, cursos de actualización y de especialización profesional, para el cumplimiento de sus principios y objetivos, procurando una participación interdisciplinaria y multidisciplinaria.
i).- Crear programas de permanencia y mejoramiento laboral que interesen a los miembros de la Asociación, así como el ofrecer servicios de asesoría y supervisión a sus asociados.
j).- Convocar y otorgar una Certificación Profesional a las psicólogas y psicólogos que, previa solicitud, cumplan con los procedimientos que establezca la Asociación y la instancia evaluadora.
k).- Registrar, evaluar y acreditar a las psicólogas y psicólogos que, de acuerdo al tipo de ejercicio o función profesional, demuestren una actualización profesional y calidad en los servicios que ofrecen. Para este fin, la Asociación les otorgará una “Constancia de Habilitación Profesional” a quienes cumplan con el procedimiento que se convoque.
l).- Evaluar y acreditar los centros y lugares en donde se ofrezcan servicios profesionales de psicología. La evaluación deberá cubrir a los profesionales de la psicología que apliquen en dicho lugar, sus programas e instrumentos de intervención, su normatividad operativa y el estado físico de sus instalaciones. Para este fin, la asociación les otorgará una “Constancia de Habilitación de Servicios Profesionales” a quienes cumplan con el procedimiento que se convoque.
m).- Establecer convenios de colaboración con otros organismos profesionales, académicos o asistenciales y el solicitar formar parte de federaciones estatales, nacionales o extranjeras que se distingan en el desarrollo ético y profesional de la psicología.
El Código de ética para psicólogas y psicólogos del Colegio Estatal de Psicólogos de Querétaro, A.C. fue aprobado en asamblea celebrada el 4 de Julio de 2009. La consulta de los apartados y articulado podrá solicitarse al correo electrónico coespsique@yahoo.com.mx
ARTÍCULO 1.
Se reconoce al profesional de la Psicología como aquella persona que cursó estudios universitarios de licenciatura en Psicología, en cualquiera de sus áreas del conocimiento, y que cuenta con título y cédula profesional legalmente expedida por la Dirección General de Profesiones Estatal o/y Federal.
Artículo 3.
El profesional debe de conducirse de acuerdo a los Principios y Valores Éticos de las psicólogas y los psicólogos, propuestos por la Federación de Colegios, Sociedades y Asociaciones de Psicólogos de México (FENAPSIME, A.C.): Respeto, Responsabilidad, Capacidad Profesional, Relaciones Profesionales, Pluralismo, Confidencialidad, Honestidad, Investigación, Ecología, Justicia, entre otros.
Artículo 4.
La psicóloga y el psicólogo se responsabilizarán de las actividades o funciones que realicen, indicando los alcances y limitantes de su trabajo profesional.
Artículo 5.
La psicóloga y el psicólogo deben mantener estrictamente la confidencialidad de la información en el ejercicio de su profesión.
Artículo 7.
La psicóloga y el psicólogo no deberán asociarse laboralmente con persona alguna que no tenga cédula para el ejercicio profesional, ni dejar que ésta u otras utilicen su nombre o cédula profesional para atender asuntos profesionales.
Artículo 10.
La psicóloga y el psicólogo deben ofrecer sus servicios profesionales de acuerdo a su capacidad científica y técnica.
Artículo 12.
La psicóloga y el psicólogo, al emitir una opinión o juicio profesional, en cualquier situación y ante cualquier autoridad o persona, deberá ser imparcial, ajustarse a la realidad y comprobar los hechos con evidencias o referencias profesionales.
Artículo 16.
Se deberán respetar las opiniones de colegas y, cuando haya oposición de ideas, se deberán consultar fuentes de información fidedigna, actualizada y/o buscar la asesoría de un tercero.
Artículo 19.
La psicóloga y el psicólogo deben intervenir a favor de sus colegas en el caso de injusticia.
Artículo 23.
Con respecto al principio de la voluntad de las partes, La psicóloga y el psicólogo deben cobrar sus honorarios en función a la proporcionalidad, importancia, tiempo y grado profesional requerido para la intervención que el caso particular requiera.
Artículo 24.
La psicóloga y el psicólogo deben renunciar al cobro de sus honorarios, y en su caso devolverlos, si los trabajos que realizó no fueron elaborados en concordancia con lo pactado.
Artículo 26.
La psicóloga y el psicólogo deben mantener una actualización de los avances científicos y tecnológicos de su profesión, a lo largo de su ejercicio, para brindar un servicio de calidad.
Articulo 34.
La psicóloga y el psicólogo deben buscar el equilibrio entre los distintos aspectos del desarrollo humano y la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente, atendiendo a los derechos de las generaciones futuras.
TRANSITORIOS.
PRIMERO. El presente Código de Ética entrará en vigor a partir de su aceptación por parte de los Socios del Colegio Estatal de Psicólogos de Querétaro, A.C., en Asamblea General celebrada para tal fin y su posterior registro en la Dirección de Profesiones del Estado de Querétaro.
CUARTO. Las psicólogas y psicólogos no asociados al Colegio Estatal de Psicólogos de Querétaro, A.C. podrán adherirse al presente Código de Ética, bajo protesta pública y acreditada por la expedición de una constancia.
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